ESPAÑA TIERRA DE MARÍA

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miércoles, 1 de noviembre de 2017


INDULGENCIAS QUE SE PUEDEN DONAR A LAS ALMAS EL PURGATORIO
     Constitución Apostólica sobre las Indulgencias “Sacrarum Indulgentiarum Recognitio”

“…La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1032)
“Mediante las Indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las Almas del Purgatorio la remisión de las penas temporales, consecuencia de los pecados.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1498).
“La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente.” (Catecismo de la Iglesia Católica, 1471)

REQUISITOS PREVIOS PARA OBTENER LAS INDULGENCIAS

     ¡Devoción! Es la palabra clave en todas las Indulgencias… asistir con devoción, orar con devoción, llevar los objetos benditos con devoción y cumplir con la Obra prescrita para ganar la Indulgencia, pero de nada servirán los actos realizados si no tenemos una verdadera devoción. Además, para obtener Indulgencia Plenaria es requisito primordial cumplir las condiciones siguientes en un mismo día.
1. Confesión sacramental. (Recientemente durante la semana, aunque recomendable el mismo día)
2.  Comunión, es necesario participar en la Santa Misa.
3. Oración por las intenciones del Papa, incluyendo Credo, Padre Nuestro, Ave María y Gloria.
4. Obra de Caridad o de Penitencia: dar limosna o visitar a enfermos, ancianos, minusválidos, niños abandonados u otra persona en necesidad; dar ofrendas a instituciones de caridad o a la Iglesia; ayuno, abstinencia de comida, bebida o actividad agradable; o un ofrecimiento que requiera sacrificio.
5. Peregrinación a una de las Iglesias designadas.
     Los enfermos y ancianos imposibilitados de hacer la peregrinación pueden obtener la indulgencia ofreciendo a Dios sus sufrimientos y molestias; y cumpliendo con la Confesión, Comunión y oraciones indicadas frente a un altar en su casa.
     Las cinco condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día rezando a su intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.


INDULGENCIAS SÓLO APLICABLES A LAS ALMAS DEL PURGATORIO
DEL “ENCHIRIDION INDULGENTIARUM” DE S.S. PAULO VI 

DEL 1 AL 8 DE NOVIEMBRE
X  Visitas al cementerio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio (aunque sea mentalmente) y que oren por los difuntos.

2 DE NOVIEMBRE – CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS
X    Visitas a Iglesias u Oratorio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio. Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos. En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.

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